PEGATAS TAMBIEN PARA LAS MOTOS
Publicado: 08 Abr 2018, 23:08
Etiquetas ambientales para las motos
La DGT ha optado por realizar las mismas etiquetas ambientales para las motos que para los turismos, diferenciándolas en cuatro grupos: Cero, Eco, C o B.
Cero: Categoría eléctrica BEV, REEV, PHEV (autonomía superior a 40 km)
Eco: Categoría eléctrica HEV y PHEV (autonomía inferior a 40 km)
C: Nivel de emisiones Euro4 y Euro3
B: Nivel de emisiones Euro2
clasificación potencial contaminante motos
Vehículos que entran dentro de esta nueva clasificación:
Ciclomotores de dos ruedas o de tres ruedas: Vehículo de dos ruedas o de tres ruedas, provisto de un motor de cilindrada no superior a 50 cm3, si es de combustión interna, y con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km / h.
Cuadriciclos ligeros: Vehículos de cuatro ruedas con una masa en vacío inferior a 350 kg (sin incluir la masa de las baterías en el caso de los vehículos eléctricos), una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h con un motor de cilindrada inferior o igual a 50 cm3 para los motores de explosión, o una potencia máxima neta inferior o igual a 4 kW para los otros tipos de motores.
Motocicletas de dos ruedas: Vehículos de dos ruedas sin sidecar, provistos de un motor de cilindrada superior a 50 cm3, si es de combustión interna, y / o con una velocidad máxima por construcción superior a 45 km / h.
Motocicletas con sidecar: Vehículos de tres ruedas asimétricas respecto a su eje medio longitudinal, provistos de un motor de cilindrada superior a 50 cm3, si es de combustión interna, y/o con una velocidad máxima por construcción superior a 45 km / h.
Hasta aquí, todo es más o menos igual que en el caso de los turismos. Sin embargo, parece que las motos no vamos a tener una de las ventajas que sí disfrutaron los primeros. La propia DGT se encargaba de enviar los distintivos de los coches por correo (aunque no le llegara a todo el mundo), sin que sus propietarios tuviesen que pagar nada por ello.
Pero parece que con las motos se lo han prensado mejor ya que la única que opción que nos dan a los motoristas para adquirir nuestro distintivo medioambiental es acercarnos a una oficina de Correos (ya podemos ir a buscarlo si lo deseamos), y pagarlo nosotros mismos.
De todas formas, os recordamos que la colocación de la etiqueta referente al potencial contaminante de motos es voluntaria, por lo que no estáis obligados a ir a buscarlo. Eso sí, la DGT recomienda llevarla pegada en un lugar visible para facilitar la identificación del vehículo y así poder beneficiaros de las ventajas a las que optéis.

La DGT ha optado por realizar las mismas etiquetas ambientales para las motos que para los turismos, diferenciándolas en cuatro grupos: Cero, Eco, C o B.
Cero: Categoría eléctrica BEV, REEV, PHEV (autonomía superior a 40 km)
Eco: Categoría eléctrica HEV y PHEV (autonomía inferior a 40 km)
C: Nivel de emisiones Euro4 y Euro3
B: Nivel de emisiones Euro2
clasificación potencial contaminante motos
Vehículos que entran dentro de esta nueva clasificación:
Ciclomotores de dos ruedas o de tres ruedas: Vehículo de dos ruedas o de tres ruedas, provisto de un motor de cilindrada no superior a 50 cm3, si es de combustión interna, y con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km / h.
Cuadriciclos ligeros: Vehículos de cuatro ruedas con una masa en vacío inferior a 350 kg (sin incluir la masa de las baterías en el caso de los vehículos eléctricos), una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h con un motor de cilindrada inferior o igual a 50 cm3 para los motores de explosión, o una potencia máxima neta inferior o igual a 4 kW para los otros tipos de motores.
Motocicletas de dos ruedas: Vehículos de dos ruedas sin sidecar, provistos de un motor de cilindrada superior a 50 cm3, si es de combustión interna, y / o con una velocidad máxima por construcción superior a 45 km / h.
Motocicletas con sidecar: Vehículos de tres ruedas asimétricas respecto a su eje medio longitudinal, provistos de un motor de cilindrada superior a 50 cm3, si es de combustión interna, y/o con una velocidad máxima por construcción superior a 45 km / h.
Hasta aquí, todo es más o menos igual que en el caso de los turismos. Sin embargo, parece que las motos no vamos a tener una de las ventajas que sí disfrutaron los primeros. La propia DGT se encargaba de enviar los distintivos de los coches por correo (aunque no le llegara a todo el mundo), sin que sus propietarios tuviesen que pagar nada por ello.
Pero parece que con las motos se lo han prensado mejor ya que la única que opción que nos dan a los motoristas para adquirir nuestro distintivo medioambiental es acercarnos a una oficina de Correos (ya podemos ir a buscarlo si lo deseamos), y pagarlo nosotros mismos.
De todas formas, os recordamos que la colocación de la etiqueta referente al potencial contaminante de motos es voluntaria, por lo que no estáis obligados a ir a buscarlo. Eso sí, la DGT recomienda llevarla pegada en un lugar visible para facilitar la identificación del vehículo y así poder beneficiaros de las ventajas a las que optéis.

